NUMEROSAS RESOLUCIONES DE LA CAF DE LA ACTC
El ente fiscalizador informó decisiones correspondiente a lo sucedido el pasado fin de semana
La Comisión Asesora y Fiscalizadora (CAF) de la Asociación Corredores Turismo Carretera (ACTC) llevó a cabo su habitual reunión de los días martes y tras las misma emitió un comunicado de prensa con resoluciones correspondiente a lo que fue la sexta fecha de la temporada 2026 del Turismo Pista en el autódromo de Río Cuarto.
Las resoluciones de la CAF de la ACTC
CITACIONES:
Citar al Piloto de Turismo Pista Clase 3 Luciano González, a concurrir a la CAF el día 28 de Julio a las 15 horas.
Citar al Piloto de Turismo Pista Clase 2 Carlos Bula, a concurrir a la CAF el día 28 de Julio a las 15.30 horas.
Citar al Piloto de Turismo Pista Clase 2 Lucas Yerobi, a concurrir a la CAF el día 28 de Julio a las 15.30 horas.
Citar al Piloto de Turismo Pista Clase 2 Stefano Isoldi, a concurrir a la CAF el día 28 de Julio a las 16.30 horas.
SANCIONES:
Aplicar al Piloto de Turismo Pista Clase 1 Matías Villalba, la sanción de multa de pesos 250.000 por no concurrir a la Reunión Obligatoria de Pilotos, la que deberá depositar por cuenta y orden de la ACTC dentro de los 30 días de notificado a la Fundación Favaloro, comunicando el cumplimiento de la misma al Dpto. Deportivo ACTC.
Aplicar al Piloto de Turismo Pista Clase 1 Rodrigo Avale, la sanción de multa de pesos 250.000 por no tener la Cámara Reglamentaria, la que deberá depositar por cuenta y orden de la ACTC dentro de los 30 días de notificado a la Fundación Favaloro, comunicando el cumplimiento de la misma al Dpto. Deportivo ACTC.
Aplicar al Piloto de Turismo Pista Clase 1 Agustín Orellana, la sanción de multa de pesos 250.000 por no tener la cámara Frontal Reglamentaria, la que deberá depositar por cuenta y orden de la ACTC dentro de los 30 días de notificado a la Fundación Favaloro, comunicando el cumplimiento de la misma al Dpto. Deportivo ACTC.
Aplicar al Piloto de Turismo Pista Clase 1 Julián Martínez, la sanción de multa de pesos 250.000 por no tener la Cámara Reglamentaria, la que deberá depositar por cuenta y orden de la ACTC dentro de los 30 días de notificado a la Fundación Favaloro, comunicando el cumplimiento de la misma al Dpto. Deportivo ACTC.
Aplicar al Piloto de Turismo Pista Clase 1 Agustín Orellana, la sanción de recargo de 6 puestos para la próxima Clasificación que participe, por Maniobra Peligrosa contra el Auto N° 107 perteneciente al Piloto Francisco Suárez y en consecuencia al Piloto del Auto N° 11 perteneciente al Piloto Pablo Matich.
Aplicar al Piloto de Turismo Pista Clase 2 Máximo Evans Weiss, la sanción de recargo de 6 puestos para la próxima Clasificación que participe, por maniobra peligrosa contra el auto N° 22 perteneciente al Piloto Gabriel Melian provocando su abandono.
Aplicar al Piloto de Turismo Pista Clase 2 Constantino Pisandelli, la sanción de Multa de pesos 250.000, por no concurrir a la Reunión Obligatoria de Pilotos.
Aplicar al Piloto de Turismo Pista Clase 2, Matías Clapier, la sanción de recargo de tiempo de 15 segundos, en la Competencia Final disputada en el Autódromo de la Ciudad de Río Cuarto, ubicándose en la 24 posición.
Aplicar al Piloto de Turismo Pista Clase 3 Matías Canapino, la sanción de recargo de 6 puestos para la próxima Clasificación que participe, por Maniobra Peligrosa contra el Auto N° 23 perteneciente al Piloto Francisco Martínez en la largada de la Competencia Final disputada en el Autódromo de la Ciudad de Río cuarto.
Aplicar al Piloto de Turismo Pista Clase 3 Luciano Farroni, la sanción de recargo de 6 puestos para la próxima Clasificación que participe por maniobra peligrosa durante la final, disputada en el Autódromo de la Ciudad de Río Cuarto, contra el Auto N° 18 perteneciente al Piloto Marcelo Marchese.
Aplicar al Piloto de Turismo Pista Clase 3 Marco Flores, la sanción de recargo de 8 puestos para la próxima Clasificación que participe, por maniobra peligrosa contra el Auto N° 5 perteneciente al Piloto Federico Hermida durante la Competencia Final disputada en el Autódromo de la Ciudad de Río Cuarto.
Aplicar al Piloto de Turismo Pista Clase 3 Máximo Di Palma, la sanción de multa de pesos 250.000 por no tener colocada la cámara delantera reglamentaria, la que deberá depositar por cuenta y orden de la ACTC dentro de los 30 días de notificado a la Fundación Favaloro, comunicando el cumplimiento de la misma al Dpto. Deportivo ACTC.
LEVANTAMIENTO DE SANCIÓN:
Observando diferentes imágenes aportadas, se procede a levantar la sanción de Apercibimiento impuesta en la Competencia Final, disputada en el Autódromo de la Ciudad de Rio Cuarto al Piloto de Turismo Pista Clase 2 Matías Clapier.
Fuente: APTP